El estratega Carlo Ancelotti es condenado por fraude fiscal

*El ex entrenador del Real Madrid y ahora Dt de Brasil fue condenado en España por problemas en 2014

Por Yiram Anteliz

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado al técnico italiano Carlo Ancelotti, actual seleccionador de Brasil, a un año de prisión y al pago de 386.361,93 euros por un delito contra la Hacienda Pública cometido en 2014, cuando dirigía al Real Madrid. Aunque el entrenador declaró su residencia fiscal en España, solo informó los ingresos percibidos por su salario, omitiendo deliberadamente más de 1,2 millones de euros obtenidos por derechos de imagen que canalizó a través de sociedades extranjeras.

Según el tribunal, Ancelotti empleó un entramado de empresas en Reino Unido e Islas Vírgenes —Vapia Limited y Vapia LLP— sin actividad ni estructura real, creadas únicamente para ocultar ingresos. La sentencia señala que estas entidades carecían de justificación económica, empleados o oficinas, y que su única función era recibir pagos por los derechos de imagen del técnico, evadiendo así su correcta tributación en España.

Durante el juicio, celebrado en abril, la Fiscalía había solicitado más de cuatro años de cárcel y una multa millonaria, pero el tribunal solo consideró probado el delito correspondiente a 2014. La defensa alegó que Ancelotti actuó siguiendo el consejo de sus asesores y que ya había devuelto más de 1,4 millones de euros. Sin embargo, el tribunal no consideró esa devolución como voluntaria, ya que se realizó tras una orden de embargo de Hacienda.

Respecto a 2015, Ancelotti fue absuelto. Aunque presentó su declaración fiscal ese año, el tribunal concluyó que no quedó demostrado que residiera en España más de 183 días, dado que viajó a varios países y se trasladó a Londres en octubre. Ante la duda, se aplicó el principio jurídico que favorece al acusado, cerrando así esa parte del proceso.

La sentencia deja claro que no basta con regularizar pagos una vez iniciado un proceso judicial, y que el uso de estructuras ficticias para desviar ingresos personales constituye un fraude. Aunque la pena de prisión no se ejecutará por carecer de antecedentes, el fallo marca un precedente firme frente al uso de mecanismos opacos para eludir obligaciones fiscales.

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