*El Convenio de Coordinación Interinstitucional SSPC–DEFENSA* tiene como objetivo formalizar la coordinación entre el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) y la Guardia Nacional (GN) a efecto de aprovechar la operación de la Plataforma Central de Inteligencia y los productos de inteligencia que genere el CNI, así como coordinar el acceso directo a los sistemas, las bases de datos, los registros administrativos y documentos derivados de la operación de dicha Plataforma, de los que se puedan obtener indicios, datos de prueba y elementos para la práctica o el fortalecimiento de investigaciones en materia de seguridad pública
* La Plataforma Central de Inteligencia (PCI)* tiene su origen en la Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia en Materia de Seguridad Pública (Ley del Sistema), publicada en el Diario Oficial de la federación el 16 de julio de 2025
Es una herramienta tecnológica del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia en Materia de Seguridad Pública y funciona a través de su interconexión, para consulta a las bases de datos, los registros y sistemas de inteligencia e información. Su objetivo identificar, integrar, producir, sistematizar, analizar y aprovechar en tiempo real, la información y los datos disponibles para la elaboración de productos de inteligencia y obtener datos de prueba.
Será operada por el Centro Nacional de Inteligencia en una unidad central, para lo cual contará con los recursos humanos, tecnológicos y financieros necesarios, privilegiando el empleo de tecnología y equipos de vanguardia, así como programas reconocidos de formación, capacitación, actualización y certificación de personal especializado en inteligencia y análisis criminal.
Entre los aspectos relevantes del Convenio se encuentran:
- Plataforma Central de Inteligencia.-El CNI otorgará las facilidades para que la Guardia Nacional interconecte a la Plataforma Central de Inteligencia sus sistemas de inteligencia, así como otros sistemas, bases de datos, registros administrativos, bancos de información y todos aquellos registros que obren en posesión de la GN, de conformidad con la Ley del Sistema.
- Consulta en tiempo real.-La GN permitirá la interconexión y consulta, en tiempo real por medio de la PCI, a sus sistemas de inteligencia, así como a otros sistemas, bases de datos, registros administrativos, bancos de información y todos aquellos registros en términos de la Ley del Sistema.
- Capacidades operativas.* La inteligencia compartida apoyará la prevención e investigación de delitos; las actuaciones correspondientes se sujetarán a la conducción y mando del Ministerio Público.
- Coordinación institucional.* Se crea un Grupo Coordinador CNI–GN, con reuniones trimestrales y extraordinarias para revisar avances y proponer mejoras.
- Capacitación y certificación.* El CNI brindará capacitación, certificación y apoyo técnico a personal de la GN; ambas partes colaborarán en procesos de certificación.
- Protección de información.* Se prevén obligaciones de confidencialidad, ciberseguridad, protección de datos y uso de información para fines autorizados.
El Convenio permite vincular las capacidades de inteligencia del CNI con las funciones operativas y de investigación de la GN, además de mejorar la identificación de estructuras criminales, vínculos y patrones delictivos.
